jueves, 11 de junio de 2009

La Justicia anula el decreto de terapias naturales de la Generalitat de Cataluña


Consideran que vulnera la legislación estatal
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el decreto que la Generalitat aprobó en enero de 2007 para regular las condiciones para el ejercicio de determinadas terapias naturales, al considerar que vulnera la legislación estatal en materia de salud.

En su sentencia, la sala de lo contencioso-administrativa del TSJC estima el recurso presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos contra el decreto de la Generalitat, parte del cual estaba ya suspendido cautelarmente por decisión del alto tribunal catalán.

El decreto, en el que la Generalitat regula las condiciones para el ejercicio de terapias como la naturopatía, la kinesiología, la acupuntura o la reflexología podal, también ha sido impugnado por el Ministerio de Sanidad y por el Colegio de Fisioterapeutas de Cataluña.

La sentencia del TSJC, aprobada con el voto particular de dos magistradas, anula todo el decreto por considerarlo disconforme con el ordenamiento jurídico al reconocer el ejercicio de actividades materialmente sanitarias a profesionales no sanitarios, en establecimientos no sanitarios. Para el tribunal, la legislación básica estatal no adolece de la falta de regulación en que se sustenta el decreto, sino que prevé "que las actividades sanitarias sólo puedan ser ejercitadas por los profesionales sanitarios y en los establecimientos sanitarios reconocidos".

De acuerdo con esa sentencia, la normativa autonómica no puede encomendar actuaciones sanitarias a profesionales no sanitarios, "ni reconocer unidades sanitarias sin el requisito del profesional sanitario licenciado que sea el responsable".

En contra de esa opinión, las magistradas que han hecho constar su voto particular mantienen que la legislación básica estatal sólo se refiere a las profesiones sanitarias tituladas, y no al ejercicio de prácticas que inciden en la salud y bienestar de las personas y que requieren "sólo una habilitación administrativa".

A juicio de las magistradas Núria Clèries y Maria Pilar Rovira, el decreto de la Generalitat viene a regular "las condiciones de ejercicio de unas terapias que hoy por hoy se están ejerciendo sin ningún tipo de control".

Las jueces consideran que si la normativa de la Generalitat es conforme a las leyes o incurre en incompetencia deberá estudiarse "cuando el Estado dedica dictar normas básicas en esta materia".

EFE - Barcelona. 11/06/2009
Foto: Escuela Amigos del Shiatsu
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